En audiencia de apelación, la Corte Provincial de Justicia de Manabí acogió los argumentos de Fiscalía y ratificó la sentencia condenatoria de tres años de pena privativa de libertad, contra el exjuez de Garantías Penitenciarias de Portoviejo, Javier L., como autor de prevaricato.
La fiscal provincial de Manabí, en el desarrollo de la audiencia, pidió que el recurso solicitado por la defensa del procesado sea desechado, con base en la prueba que ya fue valorada por un Tribunal Penal, en mayo de 2022.
En primera instancia se conoció que el procesado modificó una sentencia privativa de libertad en beneficio de un expolicía, de veinticinco a trece años, aplicando —según su criterio— el principio de favorabilidad. Decidió que la pena aplicable debió ser por extralimitación en el ejercicio en un acto de servicio, y no por asesinato.
Las pruebas de Fiscalía demostraron que con esta decisión el exmagistrado cometió prevaricato, además que actuó sin competencia y fuera de su jurisdicción, debido a que el privado de la libertad —al que benefició con la modificación de sentencia— se encontraba en un Centro de Privación de Libertad en Quito.
Así también, Fiscalía detalló los testimonios de los magistrados que fallaron en la sentencia que fue reformada por el hoy condenado.
Además, se incluyeron –como prueba documental– las providencias, oficios y sentencias en las que se establecen las razones por las cuales los jueces señalaron la sentencia por asesinato para el expolicía, así como el cambio de sentencia en 2019.
El Tribunal de apelación analizó las pruebas en su conjunto y concluyó que la sentencia de primera instancia es correcta, entonces la ratificó en todas sus partes.
Información jurídica
El prevaricato se encuentra tipificado en el artículo 268 del Código Orgánico Integral Penal y es sancionado con pena privativa de libertad de tres a cinco años.
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