lunes, 11 de julio de 2022

Fiscalía solicita que se revoque sentencia absolutoria a favor de los hermanos Daniel y Noé S., y otros por lavado de activos

08:16

 

La Fiscalía General del Estado presentó su apelación a la sentencia que ratificó el estado de inocencia de los hermanos Daniel S. y Noé S., Jorge S. M. y Jorge S. V., además de seis personas jurídicas, procesados por su presunta participación del delito de lavado de activos.

Durante su intervención, la fiscal Ivonne Proaño argumentó que la sentencia de primera instancia carece de motivación, que violenta la seguridad jurídica y que no se han hecho efectivas las garantías del debido proceso.

Además, solicitó a los integrantes del Tribunal de Apelación analicen de forma objetiva las cincuenta y tres pruebas testimoniales y 102 documentales presentadas en la audiencia de juicio, las cuales –según Fiscalía– confirman la existencia del delito y la participación de los procesados en el delito de lavado de activos.

La investigación se inició luego de que Noé S. fuera detenido –el 9 de junio de 2020–, cuando trataba de cruzar la frontera con Perú con 47.000 dólares, cuya procedencia no pudo justificar. Además, en su poder encontraron celulares, tarjetas de crédito y credenciales, una de ellas (falsa), que tenía el nombre de Abraham M. y la foto de Daniel S., su hermano.

El dinero, presuntamente, iba a ser usado para ayudar a Daniel S., quien se había accidentado en Tumbes (Perú) luego de cruzar la frontera de forma irregular, a bordo de una avioneta. Por este hecho se mantiene abierto otro proceso penal por presunto fraude procesal.

Durante la audiencia de apelación, la Fiscal del caso señaló que el delito se evidencia en el incremento patrimonial de los procesados –demostrado con la adquisición de varios inmuebles, vehículos de alta gama, grandes cantidades de dinero en sus cuentas bancarias, viajes, consumos elevados con tarjetas de crédito en el exterior, entre otros–, que sería producto de la simulación de actividades económicas y prestación de servicios de las empresas jurídicas procesadas.

Al finalizar su intervención, la Fiscalía General del Estado solicitó que se revoque la sentencia de primera instancia y que se declare la culpabilidad de Daniel S. y Noe S., como autores directos del delito de lavado de activos; de Jorge S. M. y Jorge S. V., en calidad de cómplices de la infracción; y, de las personas jurídicas procesadas.

Asimismo, solicitó que se disponga el pago de una multa correspondiente al doble del dinero producto del delito (alrededor de 1,9 millones de dólares), es decir, 3’912.000 dólares.

La audiencia fue suspendida y se reinstalará el lunes 11 de julio de 2022 a las 08:30.

Información jurídica

Este caso es procesado con base en el artículo 317 del Código Orgánico Integral Penal (COIP), que sanciona el delito de lavado de activos hasta con trece años de pena privativa de libertad.

 

 

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