viernes, 11 de febrero de 2022

Jueza ratifica prisión preventiva para presunto autor del femicidio de periodista Johanna G.

17:04

 


Luego de escuchar los argumentos de las partes procesales, la Jueza Janeth Chauvin acogió el pedido de Fiscalía y ratificó la prisión preventiva para Carlos Fernando E., de 28 años, por el presunto femicidio de Johanna G.

Así lo señaló la Magistrada durante la audiencia de revisión de medidas cautelares solicitada por la defensa del procesado, dispuestas el pasado 3 de febrero de 2022. Además, el procesado se acogió al derecho constitucional del silencio y se negó a la extracción de fluidos corporales para el examen comparativo de ADN con los indicios recogidos en la escena del crimen.

Ante el argumento de la defensa, sobre posibles contradicciones en los hechos que se investigan, el fiscal especializado en Violencia de Género, Ruben Dario Solís, fue enfático al aseverar que “los hechos de violencia son cíclicos y que se radicalizan en la relación de poder que el procesado ejerce contra la víctima, lo que se adecua al tipo penal de femicidio”.

En la diligencia, no se desvirtuó ningún elemento de convicción fundamentado por la Fiscalía, lo que dio paso a que la Jueza rechace el recurso de apelación y disponga que el involucrado continúe privado de su libertad, para garantizar la presencia del investigado en el proceso penal.

Fiscalía procesa penalmente a Carlos Fernando E. como presunto responsable del femicidio de la periodista Johanna G., pareja del investigado por 10 años.

Según Fiscalía, la víctima junto con el hoy procesado, fueron vistos por un vecino en la esquina de una tienda en el sector de Calderón. El testigo observó cómo la pareja discutía fuertemente y el agresor golpeaba a Johanna G., sosteniéndola contra la pared. Sin embargo, cuando el vecino salió de la tienda, ya no estaban en el lugar.

El cuerpo de la mujer fue encontrado al siguiente día sin vida y con signos de asfixia por estrangulación y lesiones en su cuello.

Información jurídica

El delito de femicidio está tipificado y sancionado en el artículo 141 del Código Orgánico Integral Penal (COIP), con una pena privativa de libertad de veintidós a veintiséis años.

 

 

 

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