viernes, 19 de noviembre de 2021

Delfín Quishpe y otros 2 funcionarios municipales son sentenciado a 5 años de cárcel por tráfico de influencias

10:09

 


Con base en las pruebas presentadas por el fiscal del caso, Jorge Vélez, el Tribunal de la Sala Multicompetente Provincial de Justicia de Chimborazo declaró culpables del delito de tráfico de influencias –como autor y coautores, respectivamente– a Delfín Q., alcalde de Guamote; Iván M. y Segundo P., funcionarios municipales; y los sentenció a cinco años de pena privativa de la libertad.

Además, el fallo incluye disculpas públicas en un medio de comunicación local y la publicación de una placa en el Municipio de Guamote, en la que se establezca que no se cometerán actos de corrupción en esa jurisdicción.

Las pruebas presentadas determinaron la compra de insumos de bioseguridad (mascarillas, amonio cuaternario, guantes y otros) con sobreprecio, favoreciendo a Rafael Q., por un monto de 96.608 dólares (más IVA).

En la audiencia de juicio, el fiscal Vélez presentó ante el Tribunal veintiséis testimonios y peritajes, y cincuenta pruebas documentales, entre las que se incluyen: certificaciones del portal de compras públicas, el informe pericial de contratación pública (procesos de compra otorgados en medio de la emergencia sanitaria por Covid-19), pericia informática, el informe de indicios de responsabilidad penal otorgado por la Contraloría, el informe documentológico, peritaje de marketing y compras públicas y la constatación de precios (mismos que no serían concordantes con los precios del mercado).

Esta abundante prueba presentada por Fiscalía, llevó al Tribunal a dictar la máxima pena para este tipo penal.

Información jurídica

El delito de tráfico de influencias está tipificado en el artículo 285 del Código Orgánico Integral Penal (COIP).

 

 

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