viernes, 9 de abril de 2021

PLENO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA DESTITUYE A CUATRO SERVIDORES JUDICIALES

17:20

 



  

El Pleno del Consejo de la Judicatura (CJ), en sesión ordinaria No.027-2021, realizada el 08 de abril, destituyó del cargo a cuatro servidores judiciales de las provincias de El Oro (2), Pichincha (1) y Chimborazo (1).


Los ex servidores, Diego Ch. y Carlos H., ayudante judicial de la Unidad Multicompetente del cantón Arenillas y asistente administrativo de la Dirección Administrativa de la Fiscalía General del Estado, respectivamente, fueron destituidos por haber “abandonado el trabajo por más de tres días laborables consecutivos o más de cinco días no consecutivos injustificados en un mismo mes”, conforme lo establecido en el artículo 109 numeral 2 del Código Orgánico de la Función Judicial (COFJ). 

 

Así también, Guido E, ex secretario del Juzgado Vigésimo Primero de lo Civil de Pichincha, fue destituido por haber retenido indebidamente documentos procesos o bienes de la Función Judicial o de terceros, que se encuentran en la dependencia donde labora o sea responsable de su manejo o cuidado, de acuerdo a lo previsto en el artículo 109 numeral 4 del COFJ; ya que mientras ejercía su cargo como secretario judicial, retuvo el 10 % del valor de un bien rematado en un juicio ejecutivo. El ex servidor ya ha sido sancionado por el CJ en 15 ocasiones anteriores.

 

Finalmente, Luis M., juez de la Sala Civil y Mercantil de la Corte Provincial de Justicia de Chimborazo, fue destituido por incurrir en la falta disciplinaria contenida en el artículo 109 numeral 12 del COFJ, referente a manipular o atentar gravemente contra el sistema informático de la Función Judicial; toda vez que, ejerciendo facultades que no correspondían a su cargo de Juez, ingresó al SATJE desde un usuario que no le pertenecía , a fin de “sentar una razón” dentro de un proceso judicial con una fecha anterior.

 

El Consejo de la Judicatura, como órgano de gobierno, administración, vigilancia y disciplina de la Función Judicial y en el marco de su primer eje de gestión Lucha contra la corrupción, ejerce su facultad disciplinaria con el objetivo de garantizar la eficiencia, transparencia y ética en la provisión del servicio de justicia.

 

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