viernes, 7 de marzo de 2014

Personas Naturales deben declarar el Impuesto a la Renta 2013 en marzo

21:53

Las personas naturales deben realizar su declaración de Impuesto a la Renta correspondiente al periodo fiscal 2013, durante el mes de marzo, de acuerdo al noveno dígito del RUC, en base al siguiente calendario:


Noveno digito  Personas naturales
1 10 de marzo
2 12 de marzo
3 14 de marzo
4 16 de marzo
5 18 de marzo
6 20 de marzo
7 22 de marzo
8 24 de marzo
9 26 de marzo
0 28 de marzo

Nota: Si su fecha de vencimiento cae en fin de semana o feriado, se traslada  al primer día hábil siguiente.

Recordamos que, para esta declaración y pago, la Fracción Básica exenta del año 2013 para personas naturales es de USD $10.180, es decir que todas las personas naturales que superen ese monto de ingresos durante el año 2013, deberán presentar esta declaración.

Al realizar la declaración de Impuesto a la Renta, se debe considerar todos los ingresos recibidos y gastos efectuados desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre de 2013.

Para calcular el impuesto que debe pagar un contribuyente, sobre la totalidad de los ingresos gravados se restarán las devoluciones, descuentos, costos, gastos y deducciones, imputables a tales ingresos, a este resultado lo llamamos base imponible. Para calcular el impuesto causado sobre esta base imponible, se utilizará la siguiente tabla:

Adicionalmente, dentro de sus deducciones, se pueden tomar en cuenta los Gastos Personales, los cuales no podrán superar el 50% de sus ingresos ni el valor de USD $ 13.234.

Para la deducibilidad de los gastos personales, los comprobantes de venta deberán estar a nombre del contribuyente, su cónyuge o conviviente, sus hijos menores de edad o con discapacidad que no perciban ingresos gravados y que dependan del contribuyente, con el correspondiente número de cédula de identidad.

INFORMACIÓN ADICIONAL SOBRE EL IMPUESTO A LA RENTA

El Impuesto a la Renta se aplica sobre aquellas rentas que obtengan las personas naturales, las sucesiones indivisas y las sociedades sean nacionales o extranjeras, aún cuando la totalidad de sus rentas estén constituidas por ingresos exentos, a excepción de:

Los contribuyentes domiciliados en el exterior, que no tengan representante en el país y que exclusivamente tengan ingresos sujetos a retención en la fuente. 

Las personas naturales cuyos ingresos brutos durante el ejercicio fiscal no excedieren de la fracción básica no gravada.

Los ingresos a declarar en el Impuesto a la Renta son aquellos provenientes de:

Relación de Dependencia
Rendimientos Financieros
Dividendos
Actividades Empresariales que operen con un capital u obtengan ingresos inferiores a los previstos en el inciso anterior.
Servicios Profesionales 
Actividades autónomas, de comisionistas, de artesanos, de agentes o de representantes
Entre otros

La presentación del Impuesto se la realiza por Internet en los formularios:

102 A: Personas Naturales no Obligadas a Llevar Contabilidad
102: Personas Naturales Obligadas a llevar Contabilidad

Para cumplir con esta obligación tributaria los contribuyentes deben utilizar el DIMM Formularios Multiplataforma, el mismo que pueden descargarlo a través de la página web www.sri.gob.ec.

 

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