miércoles, 9 de febrero de 2011

Endurecen sanciones para jueces y fiscales

20:48

Asambleísta María Paula Romo

El Pleno de la Asamblea Nacional, con 70 votos afirmativos de 105 presentes, aprobó en segundo debate el proyecto de reformas al Código Orgánico de la Función Judicial a través del cual se retoma el régimen de la vacancia judicial; regula el régimen disciplinario de servidoras/es judiciales, así como el nombramiento del fiscal subrogante; y, a la vez endurece sanciones para jueces y fiscales que permitan la caducidad de la prisión preventiva.


La presidenta de la Comisión de Justicia y Estructura del Estado, María Paula Romo, señaló que si bien esta reforma es pequeña, los cambios se ajustan a la realidad que se vive en las distintas judicaturas, a fin de agilizar el despacho de las causas y respetar las garantías del debido proceso.

El proyecto establece que todos los servidores/as de la Función Judicial gozarán de 30 días de vacancia anuales pagadas, después de once meses de servicio, que no podrán ser acumuladas.

Por consiguiente, todas las judicaturas del país, con excepción de las que se señalan en este mismo artículo, gozarán de sus vacaciones en dos períodos de 15 días cada uno, distribuidos de la siguiente manera: del 1 al 15 de agosto para el régimen de la sierra y amazonía; del 17 al 31 de marzo, para la región litoral e insular; y, del 23 de diciembre al 6 de enero subsiguiente en todo el país, para ello, el Consejo de la Judicatura aprobará el calendario de vacaciones para los servidores judiciales de los juzgados y tribunales penales, juzgados de tránsito y juzgados de la niñez y adolescencia, de acuerdo con la naturaleza y características de estas dependencias, a fin de que no se suspenda el servicio a la ciudadanía.

Los jueces y fiscales que permitan que opere la caducidad de la prisión preventiva, cuando el motivo sea atribuible a la servidora/or judicial, incurrirán en infracción gravísima, sancionada con destitución, la misma que no le eximirá de la responsabilidad civil o penal que pueda derivarse de sus actuaciones.

 

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