Debido a varios reportajes publicado por este medio de
comunicación, en la que se señalaba las arbitrariedades que estaba cometiendo
la U.E. Americano catalogada como institución particular, aunque se observa que
una veintena de profesores pagadas por el Ministerio de Educación prestan su
servicio en este colegio.
Ante la renuente actitud del rector de la U.E. Americano Jefferson
Perugachi de ocultar la decisión del Ministerio de Educación para presionar y cobrar mensualidades no autorizadas, los padres de familia solicitaron al Distrito
de Educación de La Libertad que informe la veracidad de esta resolución, ante
este pedido, el distrito de educación al mando del master Víctor Vicente Vera
Villao expresa:
En atención al trámite 0243-3 del 26 de enero de 2023,
mediante el cual ingresa un escrito suscrito por varios padres de familia de la
Unidad Educativa “AMERICANO”, mediante el cual exponen su inconformidad por el
cobro de matrículas y pensiones mensuales no regularizados ni autorizados por
la Autoridad Educativa Nacional, para el periodo lectivo2022-2023; al respecto
me permito indicar lo pertinente:
“Art. 132.2.- De las infracciones muy graves. Se consideran
infracciones muy graves, para las y los representantes legales, directivos y
docentes de los establecimientos educativos, las siguientes: c. Cobrar valores
por servicios educativos sin contar con la autorización de la Autoridad
Educativa Nacional, o que el ejercicio del cobro no correspondiere a sus
funciones.
“Art. 118.- Cobro de pensiones. y matriculas. La resolución
de autorización por concepto de cobro de matrícula y pensiones a favor de las instituciones
educativas fiscomisionales y particulares, para todos los niveles y modalidades
educativas, será expedido por el Nivel Distrital correspondiente.
Historial del establecimiento particular
La Unidad Educativa “UPSE”, actualmente Unidad Educativa
AMERICANO, su creación y funcionamiento fue el 20 de febrero de 2009, según
Resolución No. 0000002, suscrita por el Profesor Pedro Ricardo Flores, director
provincial de Educación, de ese entonces, como institución educativa particular;
pasando a la jurisdicción del Distrito Educativo 24D02 La Libertad Salinas
Educación, una vez que este se creó; posterior a lo cual considerando que como
institución educativa no cumple con los requisitos para ser una institución
particular, por tener como promotor a una institución de educación. superior y
venir funcionando dentro de las misma; ante esta situación las autoridades de ese
entonces (Distrital y Zonal) y Universidad, precautelando la educación de los educandos,
en el año 2013, suscriben un ACUERDO DE COMPROMISO, en que la Universidad se
comprometía a realizar el proceso de Donación de terrenos para la construcción
del edificio institucional e iniciar los trámites de fiscomisional y el
Distrito Educativo proveerle de la planta docente, regularizándose mediante RESOLUCIONES
de la Junta Distrital Reguladora de Costo como institución educativa particular
gratuita con CERO COSTO y PERMISO DE FUNCIONAMIENTO con RESOLUCIÓN MINEDUC-CZ5-2016-00286-R
hasta el periodo lectivo 2020-2021.
Mediante Resolución de Costos de la Educación, No.
0000045-24D02-RM, del 18 de mayo de 2022, suscrita por la Mgs. Miriam Bonilla,
en su calidad de Directora Distrital 24D02 La Libertad Salinas Educación, de
ese entonces, dentro de la cual RESUELVE: Articulo 1.- AUTORIZAR a la institución
educativa AMERICANO con código AMIE 24H00361, de sostenimiento particular, de
régimen Costa-Galápagos, que brinde oferta ordinaria, en los niveles de Básica
Superior y Bachillerato General Unificado en Ciencias, en jornada matutina y
vespertina, perteneciente a la Zona 5, Distrito 24D02, no cobrar valores de
pensión y matricula”.
Resolución que fue debidamente notificada y entrega en la
Institución Educativa para su cumplimiento y socialización con los padres de
familia, según recepción del 24 de mayo de 2022, por la Ab. Karen Quezada
Menoscal, actual Promotora institucional.
Que, mediante denuncias mediáticas en redes sociales y
periódico La Primera, viene conocimiento de este Distrito Educativo, presuntos
cobros indebidos por parte de los directivos de la Unidad Educativa, ante lo
cual se les remite el OFICIO No. MINEDUC-CZ5-24D02-2023-0079-OF., mediante el
cual se dispone al Rector de la institución educativa cumpla con lo dispuesto
en la RESOLUCION No. 0000052-24D02-RM, del 24 de octubre de 2022, el cobro de
los valores autorizados a partir de la fecha de su emisión.
Posterior aquello se presentan novedades por varios padres
de familia quienes mediante escritos manifiestan que se les está exigiendo el
pago de $ 45,00 por matricula y las pensiones de $60.00 desde el mes de mayo de
2022, en base a un compromiso que les hicieron suscribir al inicio del año
lectivo; y que si no cancelan no les entregaran el título de bachiller a los
que están por graduarse; valores que se corroboran con los recibos y facturas
que adjuntan en los que constan haber pagado una matrícula de $ 45.20 y pensiones
de $ 60.00 en el mes de mayo de 2022.
DISPOSICIONES CONCRETAS
Por cuanto ante la
novedad presentada por los padres de familia la misma que se encuentra
respaldada en documentos emitidos por la Institución Educativa en los que les manifiestan
que deben cumplir con el compromiso contraído en mayo del pago de matrículas y
pensiones de todo el año; y, en caso de incumplimiento se aplicará el Art. 57 del
reglamento ( no especifican que reglamento), documento que no tiene ningún
efecto legal, puesto que conforme a la Ley Orgánica de Educación Intercultural
y su Reglamento
General, Art. 118 sobre cobro de pensiones. y matriculas
establece: “La resolución de autorización por concepto de cobro de matrícula y
pensiones a favor de las instituciones educativas fiscomisionales y
particulares, para todos los niveles y modalidades educativas, será expedido
por el Nivel Distrital correspondiente”; por lo que mal podrían las autoridades
de la Unidad Educativa tomarse atribuciones que no les compete, ya que estarían
incurriendo en transgresión a la ley, e incumpliendo la RESOLUCIÒN de costo del
24 de octubre de 2022, la que establece en el Articulo 4.- “Responsabilizar del
cumplimiento de la presente resolución a los directivos de la institución
educativa AMERICANO, advirtiendo que todo cobro de rubros no autorizados por la
Autoridad Educativa Nacional deberá ser REEMBOLSADO a quien lo hubiere
efectuado, sin perjuicio de las sanciones que por tal motivo puede establecer
la Autoridad Educativa Nacional.” .
Por lo expuesto y conforme a las consideraciones jurídicas,
al representante legal y promotor de la Unidad Educativa AMERICANO se DISPONE
el cumplimiento de la RESOLUCION No. 0000052-24D02-RM, emitida con fecha 24 de
octubre de 2022, y con vigencia para cobro de pensiones mensuales por servicio
educativo desde la misma fecha; y en el caso de existir cobros de valores por
matrículas y pensiones de meses atrás debe ser reembolsado al padre de familia,
cuyo cobro solo corresponde al debidamente autorizado y vigencia de resolución.
Así mismos se dispone a las autoridades del establecimiento
educativo, se abstengan de emitir documentos que contravengan a las
disposiciones legales o vulneren derechos a los educandos; por otra parte,
conforme a lo establecido en el Art. 44 del Reglamento General a la Ley
Orgánica de Educación Intercultural, el RECTOR del establecimiento educativo,
es el responsable del funcionamiento institucional.
Con estas
resoluciones la Unidad Educativa Americano, tendrá que devolver los valores
cobrados en exceso a los padres de familia so pena de ser sancionados, los cobros permitidos son desde el 24 de octubre hasta el mes de febrero, los valores anteriores tiene que devolver.
Esta resolución del Ministerio de Educación alivia los bolsillos de padres de familia , algunos tienen varios hijos estudiando en la institución. hay que acotar que este establecimiento está tratando de convertirse en fiscomisional, nos imaginamos que con ello los costos de pensiones bajarían a futuro.