miércoles, 17 de agosto de 2022

Fiscalía procesa a 8 tripulantes de la Armada que fueron detenidos cuando transportaban –oculto en una bodega– un cargamento de droga que habría sido incautado en operativos anteriores

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Fiscalía procesó a ocho miembros de la Armada del Ecuador, acusados de –presuntamente– intentar comercializar cocaína que fue escondida en una bodega de la lancha guardacostas “Isla Darwin” (embarcación en la que se transportaban), que sería parte de un cargamento incautado en días anteriores, en operativos ejecutados por la Institución de la que forman parte.

En audiencia de flagrancia, desarrollada en la Unidad Judicial de San Cristóbal, Fiscalía presentó como elementos de convicción: los partes informativos y de aprehensión de los procesados, la prueba de identificación preliminar homologada y el acta de verificación y pesaje de la droga incautada, el informe de hallazgo y rescate de la droga, y la denuncia del director Regional Insular de la Armada Nacional.

La jueza Ivonne Arroyo dictó prisión preventiva contra los tripulantes Xavier Andrés M. P. y Luis Armando P. O., mientras que para Jéfferson Orlando V. G., Andy Gabriel T., Joel Javier A. T., Tony Ubaldo P., Darwin Xavier G. O. y Víctor Luis D. E. dispuso medidas cautelares, como la prohibición de salida del país y su presentación periódica ante la autoridad de Fiscalía.

Contexto

Según la denuncia presentada ante Fiscalía por el Director de la Dirección Regional Insular de la Armada Nacional, personal de esa Institución habría estado en posesión de droga aparentemente decomisada en operativos ejecutados con anterioridad.

Al arribar la lancha Guardacostas Isla Darwin al puerto “Tiburón Martillo”, de San Cristóbal, personal de la Marina y Policía Nacional procedió a inspeccionar la embarcación, encontrando el alcaloide escondido en la bodega de maniobras. Toda la tripulación fue aprehendida, hasta culminar con la inspección correspondiente y determinar presuntas responsabilidades.

Información jurídica

Fiscalía procesó a los detenidos, conforme se estipula en el artículo 220, numeral 1, literal c, del Código Orgánico Integral Penal (COIP), que sanciona el delito de tráfico ilícito de sustancias catalogadas sujetas a fiscalización en alta escala, con pena privativa de libertad de cinco a siete años.

 

 

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