miércoles, 25 de agosto de 2021

Segunda sentencia para pareja que atracó locales comerciales en Quito

22:32

 


Bautizados por la opinión pública como “la pareja del terror”, Israel Bayron P. S. y Cinthia Cristina C. M. recibieron la segunda sentencia condenatoria de treinta y seis meses de prisión, como autores del delito de robo con amenaza.

Los procesados, que se acogieron al procedimiento abreviado, fueron imputados penalmente con base en las pruebas presentadas por el fiscal del caso, Luis Ramiro Sánchez, de la Unidad Especializada en Patrimonio Ciudadano de Casa de Justicia (Carcelén, norte de Quito).

El Fiscal enumeró pruebas como el informe de los videos de seguridad de la pizzería, reconocimiento del lugar de los hechos, fotografías, informe del allanamiento al domicilio de los procesados, versión de la madre de Cinthia Cristina (quien informó de la peligrosidad del procesado).

Además, la denuncia de una de las víctimas, quien narró que, la noche del 17 de noviembre de 2020, con cuatro acompañantes degustaban de pizza, cuando ingresaron los dos ciudadanos, se acercaron a la caja registradora y después –con un arma de fuego y cuchillo en mano– les exigieron a los comensales entregar sus pertenencias.

Cristina rebuscó entre la ropa de los cinco, mientras Israel los amedrentaba con el arma de fuego. Con objetos y dinero en efectivo, salieron del local y escaparon en una moto.

Al finalizar el juicio abreviado, la jueza de Garantías Penales, Luz María Ortiz, sentenció a la pareja a pagar una indemnización económica de 500 dólares a cada una de las cinco víctimas del atraco cometido en la pizzería ubicada en el norte de Quito, para resarcir daños materiales en el robo de sus pertenencias: celulares, relojes, bisutería, carteras, billeteras y dinero en efectivo.

También ordenó el comiso de la moto utilizada para escapar de la escena del crimen y una multa de cuatro salarios básicos unificados. Finalmente, dispuso que los procesados ofrezcan disculpas públicas y la garantía de no repetición (del delito).

Esta audiencia de procedimiento abreviado –instalada de forma virtual– del caso de la pizzería, se desarrolló a la cuarta notificación y bajo advertencias de la Jueza, tanto a los procesados como a su abogado particular. En las tres anteriores, el comportamiento conflictivo de los procesados impidió que se instalara la diligencia.

Asalto en una panadería

El 20 de mayo de 2021, la pareja fue sentenciada a cumplir treinta y seis meses de privación de libertad, como autores del delito de robo con amenaza, y al pago de una multa de cinco salarios básicos unificados.

En este caso también se acogieron al procedimiento abreviado. Es decir, aceptaron que cometieron un asalto en una panadería, ubicada en el norte de Quito, el 15 de noviembre de 2020 (dos días antes de asaltar la pizzería).

Fue el mismo modus operandi, pero una mujer –víctima del atraco– se opuso al robo y se enfrentó valientemente con los asaltantes.

El fiscal Luis Ramiro Sánchez presentó como pruebas para demostrar la responsabilidad de los procesados: denuncia y versiones de cuatro víctimas, informes de investigación de la Policía Judicial, reportes de los videos de las cámaras de seguridad, entre otros.

Por los dos delitos deberán estar privados de su libertad setenta y dos meses (6 años).

Detención en la frontera con Colombia

Los videos de las cámaras de seguridad que registraron los asaltos a la panadería (15 de noviembre) y a la pizzería (17 de noviembre) se hicieron virales en redes sociales. Israel Bayron P. S. y Cinthia Cristina C. M. quedaron identificados por la opinión pública, por lo que trataron de escapar a Colombia.

Sin embargo, las autoridades de dicho país informaron a Fiscalía y Policía ecuatorianas, respecto a la detención de la pareja cuando intentaba ingresar a su territorio. Entonces, fueron trasladados desde el poblado de General Farfán (frontera con Colombia), en la provincia de Sucumbíos, hasta la Unidad de Flagrancia (Patria) en Quito, el 2 de diciembre de 2020.

Habrían intentado salir del país a través de pasos clandestinos, pero la Policía colombiana –que ya estaba alertada de la búsqueda y orden de detención– no les permitió el ingreso, informaron la Fiscalía Provincial de Pichincha y la Policía Nacional en una rueda de prensa conjunta, la noche de su detención.

Información jurídica

Los procesados recibieron sentencias condenatorias con base en el artículo 189, inciso primero, del Código Orgánico Integral Penal (COIP), por el delito de robo: “la persona que mediante amenazas o violencias sustraiga o se apodere de cosa mueble ajena, sea que la violencia tenga lugar antes del acto para facilitarlo, en el momento de cometerlo o después de cometido para procurar impunidad, será sancionada con pena privativa de libertad de cinco a siete años”.

Como es un delito cuya sanción no alcanza los diez años de prisión, se sometieron al procedimiento abreviado (artículo 635 del COIP), con el que redujeron su pena a treinta y seis meses (en cada sentencia), puesto que aceptaron haber cometido la infracción penal.

 

 

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