El Ministerio de Cultura y Patrimonio, respecto al Acuerdo Ministerial Nro. MCYP-MCYP-2021-0035-A, con el cual se deroga el Acuerdo Ministerial Nro. 234-2010 de 7 de diciembre de 2010, que estableció la gratuidad y el libre acceso de los visitantes nacionales y extranjeros a los Museos y Centros Culturales que administra el Ministerio de Cultura en todo el país, aclara lo siguiente:
1.- Los servicios culturales (museos, archivos históricos, bibliotecas, hemerotecas, mediatecas, cinematecas y fonotecas, entre otros) mantendrán absoluta gratuidad para los ciudadanos ecuatorianos y extranjeros residentes. Para los visitantes extranjeros se analizará la viabilidad del cobro de una tasa de ingreso a los museos que administra el Ministerio de Cultura y Patrimonio.
2.- El objetivo del Acuerdo Nro. MCYP-MCYP-2021-0035-A es posibilitar la autogestión de las Entidades Operativas Desconcentradas del Ministerio de Cultura y Patrimonio, el diseño de esquemas de coproducción cultural a porcentaje de taquilla, y tasas de alquiler de espacios como teatros, auditorios y salas de exposiciones y de uso múltiple para funciones y eventos con fines comerciales. (Art. 71 – 73 del Código Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas).
3.- El Ministerio de Cultura y Patrimonio y sus Entidades Operativas Desconcentradas, cumpliendo el ordenamiento jurídico vigente, garantizan el acceso de la ciudadanía a su patrimonio cultural, al espacio público y a la difusión de la memoria histórica de sus culturas. Fuente: boletín Ministerio de Cultura y Patrimonio