Como resultado de la audiencia de juzgamiento, y después de la presentación de argumentos y pruebas a cargo del fiscal de Baños, Lenin Haro, los ciudadanos Glenda L. C., Angie O. L., Joffre Y. G. y Rolando S. T. fueron sentenciados por el delito de asesinato de Mariuxi. F. N., cuyo cuerpo fue hallado el 8 de octubre de 2018 en la represa de la central hidroeléctrica Agoyán, ubicada en la provincia de Tungurahua.
En su intervención, el fiscal Haro sustentó la culpabilidad de los cuatro ciudadanos con pruebas testimoniales, documentales y periciales, como las versiones de los acusados, el parte policial, la autopsia médico-legal, el análisis técnico de los teléfonos incautados, mensajería electrónica y reconocimiento del lugar de los hechos.
En consecuencia, el Tribunal de Garantías Penales del cantón Ambato declaró a Rolando S.T., Joffre Y. G. y Glenda L. C., culpables directos del delito de asesinato y los sentenció a 34 años 8 meses de pena privativa de libertad. Para Angie O. L., en cambio, la pena se redujo a doce años, por su participación en calidad de cómplice.
ANTECEDENTES
El 4 de octubre de 2018, la víctima, Mariuxi F. N., fue requerida telefónicamente para prestar sus servicios sexuales al ciudadano Joffre Y. G., que fingía ser un cliente recomendado por la señora Glenda L. C., quien habría prostituido a la víctima desde temprana edad.
Ya en el lugar acordado, según la investigación, ambas personas entraron a un departamento alquilado específicamente para cometer el delito, donde la esperaban escondidos Rolando S. T. y alias “Guayaco” –persona inventada por los acusados–. Una vez adentro, los victimarios habrían salido de sus escondites y amarrado las extremidades de la víctima, atado del cuello y golpeado hasta asesinarla.
Minutos más tarde, la autora intelectual del delito, Glenda L. C., habría ingresado al departamento para colaborar con el delito y verificar que la víctima se encontrara sin vida. Para librarse de cualquier duda, habría solicitado a sus secuaces volver a ahorcar a la ciudadana de treinta años. Posteriormente, y para no dejar rastros, habrían limpiado el lugar y tirado el cuerpo al río Agoyán.
Según Fiscalía, Glenda L. C. y Angie O. L. contrataron a estos ciudadanos por ocho mil dólares para que cometieran el delito, debido a que la víctima reclamaba la maternidad de su hija, que habría sido sustraída por estas dos personas luego del parto e inhibida de llevar el apellido de la madre.
INFORMACIÓN JURÍDICA
El delito de asesinato está tipificado en el artículo 140 del Código Orgánico Integral Penal (COIP) y, aunque es sancionado con pena privativa de libertad de veintidós a veintiséis años, en este caso, la condena se incrementó por aplicación de las circunstancias estipuladas en el numeral 2 y 8, y la agravante establecida en el numeral 5 del artículo 47 del mismo cuerpo legal, ya que la infracción fue cometida entre dos o más personas.
FUENTE: FISCALÌA
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