viernes, 28 de diciembre de 2018

CUATRO PERSONAS SON PROCESADAS COMO PRESUNTOS AUTORES DE LAVADO DE ACTIVOS

07:47



Una hora y media duró la audiencia de formulación de cargos contra cuatro personas detenidas durante el operativo denominado “Malteco”, desarrollado la madrugada de ayer en tres provincias del país. Por pedido del fiscal de la Unidad de Antilavado de Activos, el Juez de Garantías Penales del cantón Manta, Jhon Navarrete, dictó la medida de prisión preventiva para los implicados.
La investigación previa inició hace 6 meses en base a un informe emitido por la Unidad de Análisis Financiero y Económico (UAFE). Durante la investigación se pudo recabar elementos de convicción que hacen presumir la existencia del delito de lavado de activos.
Durante éste tiempo se ha determinado que hay USD 2.3 millones sin la debida justificación, la mayor parte de ese rubro, USD 1’500.000 en bienes inmuebles y otros USD 800.000 en transacciones de empresas que no evidencian actividades económicas.
Durante la investigación, la Fiscalía determinó la existencia de supuestas empresas fantasmas y una serie de transacciones comerciales sospechosas que se presumen están relacionadas con Wilson V., líder de una organización delictiva dedicada al narcotráfico, quien fue capturado en enero del 2018 en Guatemala y posteriormente extraditado a los Estados Unidos de Norteamérica donde enfrenta un proceso penal.
Durante la audiencia de formulación de cargos contra Aida Ximena M. L., Darwin Javier Q. D, Kenia Lucía M. L., y Édison Emanuel E. N., desarrollada en la Unidad Judicial Penal, ubicada en el edificio de la Cámara de Comercio de la ciudad de Manta, la Fiscalía presentó como elementos de convicción un informe de la UAFE; del Servicio de Rentas Internas (SRI); informes de la Superintendencia de Compañías; y, reportes investigativos donde se practicaron técnicas de seguimiento y vigilancia.
La instrucción fiscal tendrá una duración de 90 días y será dirigida desde la ciudad de Quito por la Unidad Antilavado de Activos.
El Juez además dispuso la incautación, retención de bienes inmuebles y bloqueo de cuentas bancarias.
El delito de lavado de activos está establecido en el Art. 317 del Código Orgánico Integral Penal (COIP). En este caso, al superar los 200 salarios básicos del monto de los activos de origen ilícito, la pena privativa de libertad podría alcanzar hasta los 13 años.BOLETÍN DE PRENSA FGE Nº 212-DC-2018

 

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