Manta, (Manabí) – El Ministerio de Acuacultura y Pesca estableció el periodo anual de veda biológica
de la merluza (Merluccius gayi) entre el 15 de septiembre y el 31 de octubre para embarcaciones
artesanales e industriales incluida la pesca experimental polivalente.
La decisión se adoptó con base en los
indicadores reproductivos observados en la especie, determinados por los informes técnicos del Instituto
Nacional de Pesca.
El Acuerdo Ministerial MAP-SRP-2018-0071-A fue suscrito por la subsecretaria de Recursos Pesqueros (s),
Ana Álvarez Medina, y dejó sin efecto la fecha para la veda que se había fijado previamente, del 1 al 31 de
abril y del 1 al 30 de septiembre.
Las empresas procesadoras/empacadoras debidamente autorizadas, que tengan almacenadas merluzas
capturadas y procesadas antes del periodo de veda, la podrán procesar y comercializar interna y
externamente previa certificación de inventario (stock) por parte de la Dirección de Control de los Recursos
Pesqueros, a fin de que la autoridad competente emita la certificación correspondiente
Follow @laprimeraec