Un reglamento para controlar y regular la
cadena de producción de la leche y sus derivados, incluido el suero de leche,
expidieron los ministerios de Agricultura y Ganadería (MAG); Industrias y
Productividad (MIPRO); Salud Pública (MSP); Interior, y de Defensa Nacional,
conjuntamente con el Servicio de Aduana del Ecuador (Senae), y la
Superintendencia de Control del Poder del Mercado, mediante un Acuerdo
Interministerial.
Con este reglamento se busca asegurar lainocuidad y calidad en
los procesos de producción, manipulación, elaboración, almacenamiento, transporte y comercialización de la leche y sus derivados,
incluido el suero de leche, así como delimitar las competencias de cada
una de las instituciones públicas para regular y controlar la cadena de
producción de leche.
Las disposiciones
del reglamento se aplicarán a la producción deleche obtenida de animales
de las especies bovina,
caprina,
ovina y bufalina, destinada al
procesamiento, elaboración
y comercialización de productos y sus derivados (incluido el
suero de leche) destinados para el consumo humano.
Será de
aplicación en todos los establecimientos
donde se ordeñe, acopie, procese, manipule, envase,
transporte, comercialice,
importe o exporte leche y sus derivados.
El reglamento en mención establece responsabilidades
de los entes reguladores. En lo que le compete, el MAG estará encargado de inspeccionar y controlar
la inocuidad en producción,
acopio,
transporte
y comercialización de la
leche cruda, incluido el suero de leche.
También
deberá implementar mecanismos de
control en los procesos de ordeño, elaboración, recolección y transporte de
leche cruda a los centros
de acopio y/o plantas procesadoras, a través de
la Agencia de Control y Regulación Fito y Zoosanitaria (Agrocalidad).
Conjuntamente con el MIPRO
deberá implementar instrumentos destinados al desarrollo dela
cadena productiva
láctea y sus derivados, fomento al consumo,
publicidad, promoción
y exportaciones deleche y sus derivados.
El MIPRO también será el encargado
de apoyar el
desarrollo
del procesamiento industrial de la leche, derivados lácteos y aprovechamiento de subproductos; asícomo de controlar su calidadcon baseen
las
normas vigentes, además
de fomentar políticas de protección
cumplimiento de los derechos
de los consumidores obligaciones de los proveedores.
Además, ejecutará operativos
conjuntos de verificación sobre
la identificación
y registro en el sistema
de identificación y trazabilidad
animal de los ejemplares destinados a la producción
de leche, así como inspeccionará, regulará y controlará el componente sanitario
de la leche en producción primaria.
El reglamento, además, se refiere al trabajo que se
debe hacer para fomentar la producción de leche, los mecanismos para recolectar
este producto, como se la debe transportar, como debe ser el acopio y las
medidas sanitarias que debe cumplir.
Se incluyen aspectos relacionados con los
establecimientos donde se procesa los lácteos, el transporte y la
comercialización de estos.
Firmaron el documento los ministros de Industrias y
Productividad, Eva García; de Salud Pública, Verónica Espinosa; de Agricultura
y Ganadería, Rubén Flores; del Interior, Cesar Navas, y de Defensa, Patricio
Zambrano; además del director de la Senae, Mauro Andino; el superintendente (e)
de Control del Poder del Mercado, Christian Ruiz.
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