La Fiscalía General del Estado obtuvo sentencia condenatoria contra Juan Elías G. S., como autor responsable del delito de tráfico ilícito de sustancias catalogadas sujetas a fiscalización. El Tribunal de Garantías Penales que conoció la causa le impuso una pena de cinco años de privación de libertad.
Durante la audiencia de juicio, el fiscal a cargo del caso expuso que, el 2 de enero de 2025, agentes de la Jefatura de Investigación Antinarcóticos de Tungurahua recibieron información reservada sobre un posible expendio de sustancias catalogadas sujetas a fiscalización en un inmueble ubicado en la calle Pastaza y avenida Los Chasquis, en Ambato.
Tras labores de vigilancia, los servidores policiales observaron que varias personas se acercaban al inmueble y efectuaban el denominado “cruce de manos”, consistente en la entrega de dinero a cambio de sustancias ilícitas. En ese contexto, se interceptó a un ciudadano identificado como Carlos Luis S. R., a quien se le encontró en su poder una funda plástica transparente con una sustancia polvorienta color beige.
Al percatarse del procedimiento, la persona que se encontraba en el interior del inmueble intentó huir, siendo neutralizado e identificado como Juan Elías G. S. Durante el registro corporal se le encontró un teléfono celular y dinero en efectivo. Posteriormente, en la inspección del inmueble, los agentes localizaron un monedero de cuero que contenía 23 fundas plásticas transparentes con una sustancia polvorienta color beige
Las sustancias incautadas fueron sometidas a análisis preliminares y pericias de química forense, que dieron positivo para base de cocaína con un peso 22.90 gramos.
Durante el juicio, la Fiscalía presentó pruebas testimoniales, periciales y documentales, entre las que constan: testimonios de los agentes antinarcóticos intervinientes, el informe de reconocimiento del lugar de los hechos, el informe de reconocimiento de evidencias, el informe pericial de química forense, así como las actas de incautación y cadena de custodia
Información jurídica
El delito de tráfico ilícito de sustancias catalogadas sujetas a fiscalización está tipificado en el artículo 220, numeral 1, literal b, del Código Orgánico Integral Penal (COIP), en concordancia con el artículo 42, numeral 1, literal a, del mismo cuerpo legal.
