El Director General del Consejo de la Judicatura (CJ), Santiago Peñaherrera Navas, mediante Resolución 048-2022, resolvió suspender los plazos y términos de prueba o resolución en todos los recursos administrativos que se inicien o se encuentren en trámite en la institución. Esta medida se mantendrá hasta que existan las condiciones para reactivarlos.
El documento establece que la suspensión de plazos y términos también se aplicará en aquellos procedimientos administrativos amparados en el “Instructivo de Registro y Funcionamiento de Centros de Mediación”, así como en los que se encuentran en la fase preliminar, facilidades de pago y fase de apremio, previstas en los procesos coactivos regulados por el Reglamento para el Ejercicio de la Jurisdicción Coactiva del Consejo de la Judicatura y el Código Orgánico Administrativo.
La resolución se adoptó en consideración de las circunstancias que atraviesa el país y con base en el artículo 280 del Código Orgánico de la Función Judicial que establece las funciones y atribuciones del Director General del CJ.
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