Acogiendo los las pruebas presentadas por Fiscalía, un Tribunal de Garantías Penales declaró culpables por el delito de robo con violencia a Omar Javier Ch. A. y Héctor Rolando G. y los sentenció a cinco años de pena privativa de la libertad.
En la audiencia de juicio, el Fiscal del caso relató que los hechos ocurrieron la madrugada del 28 de enero de 2020 en la parroquia Julio Moreno del cantón Guaranda. La víctima y su hijo se encontraban en su domicilio cuando los hoy sentenciados entraron en el inmueble.
En el lugar, los amarraron y encerraron en una habitación, le dispararon en el rostro al hijo de la mujer, rebuscaron todo el lugar y se sustrajeron 100 dólares, un teléfono celular y una amoladora.
Fiscalía demostró la materialidad del delito y la responsabilidad de los ya sentenciados con pruebas periciales, documentales y testimoniales, entre las que se incluyen el informe del examen médico practicado a las víctimas, que determinó incapacidades por diez y sesenta días, respectivamente, y que una de las víctimas tenía un orificio en su rostro –de entrada y salida a causa del proyectil de arma de fuego–; testimonios, el informe de reconocimiento del lugar de los hechos y de evidencias, entre otras.
Información jurídica
El delio de robo está tipificado en el artículo 189, inciso primero, del Código Orgánico Integral Penal (COIP).
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