jueves, 11 de noviembre de 2021

Marino es sentenciado a 22 años de prisión por violación

11:03

 


 Un Tribunal de Garantías Penales de Orellana sentenció –en el grado de autor– a Jhonny Steven Z., cabo de la Marina del Ecuador, a veintidós años de prisión por el delito de violación.

En la audiencia de juzgamiento, el fiscal Óscar Chasiguasín presentó las pruebas que demostraron la responsabilidad penal del procesado y la materialidad de la infracción, entre las que se incluyen: los testimonios de una de las víctimas, de la dueña del hostal donde ocurrieron los hechos, de una ayudante de limpieza del lugar, de los agentes investigadores, de la médica legista, de la psicóloga y de la trabajadora social.

A estos se sumaron los informes médico-legal y de valoración psicológica practicados a las víctimas, de trabajo social, de reconocimiento del lugar, entre otros.

Los magistrados acogieron las pruebas presentadas por Fiscalía y, además de la sentencia condenatoria, dispusieron el pago de una multa de 600 salarios básicos y de 2.000 dólares como reparación integral a la víctima.

Contexto

El hecho se suscitó el 31 de enero de 2021 en Aguarico. El marino, de 28 años, conocía a las dos mujeres desde inicios de ese mes, cuando llegaron a dicho cantón por cuestiones académicas y laborales.

Las víctimas, de 25 y 30 años, se hospedaban en un hostal, lugar hasta donde llegó Jhonny Steven Z. a visitarlas con el pretexto de entregar una medicina para a una de las jóvenes para que le ayude a desinfectar una herida.

El hombre se mostró abierto y colaborador con ellas, hasta el punto de ganarse su confianza. Entonces, les ofreció unas barras de chocolates que ellas se sirvieron. Al poco tiempo, perdieron el conocimiento y el ahora sentenciado aprovecho para cometer el delito.

Según las denunciantes, una de ellas recobro la razón en la madrugada del día siguiente. Cuando despertó, comenzó a luchar con el agresor para quitárselo de encima. La otra mujer, en medio de su somnolencia, vio el hecho.

Información jurídica

Fiscalía proceso a Jhonny Steven Z., con base en el artículo 171, numeral 1, del Código Orgánico Integral Penal (COIP): cometer violación en una víctima privada de la razón o el sentido, en concordancia con el artículo 42, numeral 1, literal a (autor directo).

 

 

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