Dos ciudadanos extranjeros fueron aprehendidos por la Unidad Antisecuestro y Extorsión de la Policía Nacional (Unase).
Su captura se efectuó en delito flagrante, mientras –presuntamente– recibían 200 dólares de la víctima.
Israel Eduardo P. y Germán Francisco F., de 18 y 29 años, respectivamente, fueron procesados por el delito de extorsión y ahora guardan prisión preventiva por pedido de Fiscalía.
Durante la audiencia de calificación de flagrancia y formulación de cargos, Ángel Remache, fiscal de turno en la Unidad de Flagrancia, narró los hechos que llegaron a su conocimiento por medio del parte policial levantado por la Unase.
El Fiscal explicó a la jueza da Garantías Penales, Geovanna Palacios, que el denunciante habría recibido mensajes intimidatorios –vía WhatsApp– los días jueves 6 y viernes 7 de mayo de 2021.
Quienes lo amenazaban, supuestamente le pedían 5.000 dólares. Según los presuntos victimarios, compraron una deuda que la víctima mantenía en una funeraria y si no entregaba esa cantidad de dinero, “su familia pagaría las consecuencias”.
Los presuntos extorsionadores le indicaron que conocían los movimientos de todos sus familiares, que sabían la hora a la que salían y entraban al domicilio.
Desesperado, el afectado comunicó estos hechos a la Policía. Entonces, agentes de la Unase le dieron a la víctima algunas instrucciones.
El hombre solo alcanzó a reunir 200 dólares y pactó con los procesados un sitio, en el norte de Quito, y una hora para el encuentro.
A la cita acudieron los dos ahora procesados. Ellos habrían abordado a su víctima para apoderarse del sobre amarillo que contenía el dinero.
Todo ocurrió mientras agentes de la Unase observaban de cerca. Aprovechando el presunto cometimiento del delito flagrante, los policías intervinieron y aprehendieron a los sospechosos.
En la audiencia de calificación de flagrancia, la defensa intentó deslindar de responsabilidades a los implicados, indicando que terceras personas los enviaron a recoger el dinero, pero los elementos de convicción expuestos por Fiscalía tuvieron más peso en la resolución de la Jueza de Garantías Penales.
El fiscal Remache presentó como elementos de convicción: la denuncia y la versión rendida por la víctima, también la versión del agente aprehensor, un informe pericial técnico de la evidencia, el informe de cadena de custodia, entre otros.
Dato jurídico
La instrucción fiscal inició con base en el artículo 185, inciso primero, del Código Orgánico Integral Penal (COIP): “la persona que, con el propósito de obtener provecho personal o para un tercero, obligue a otro, con violencia o intimidación, a realizar u omitir un acto o negocio jurídico en perjuicio de su patrimonio o el de un tercero, será sancionada con pena privativa de libertad de tres a cinco años”.
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