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El martes 20 de abril del 2021, el Pleno del Consejo de la Judicatura en Sesión Ordinaria No. 028-2021, convocada por la Presidenta del organismo, María del Carmen Maldonado, destituyó a seis servidores judiciales por diversos actos irregulares cometidos en el ejercicio de sus funciones.
Gabriel M, quien se desempeñó como juez de la Sala Especializada de lo Penal de la Corte Provincial de Justicia del Guayas; Jorge F., psicólogo clínico de la Unidad Judicial Multicompetente Penal y de la Unidad Judicial de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia, del cantón Lago Agrio- Sucumbíos; y, Jobangni P., en calidad de Secretario de la Unidad Judicial Multicompetente del cantón Jama, Manabí.
Los tres servidores incurrieron en la infracción disciplinaria contenida en el artículo 109 numeral 2 del Código Orgánico de la Función Judicial (COFJ), por “abandonar el trabajo por más de tres días laborables consecutivos o por más de cinco no consecutivos injustificados en un mismo mes”.
En tanto que, José A., Mediador coordinador de la Oficina de Mediación de la Función Judicial de Pedernales-Manabí; y, Lorena V., secretaria del Juzgado Quinto de lo Civil de Manabí, fueron removidos del cargo por “Retener indebidamente documentos, procesos o bienes de la Función Judicial o de terceros que se encuentran en la dependencia donde labora o sea responsable de su manejo o cuidado”, conforme lo determinado en el artículo 109 numeral 4 del COFJ.
También, Luis Ch., Oficial Mayor de la Corte Provincial de Justicia de Cañar, fue destituido por incurrir en la prohibición contenida en el artículo 24, literal j), en concordancia con los artículos 42, literal b), y 48 literal j) de la Ley Orgánica del Servicio Público, al haber “tomado interés” a través de su cónyuge, dentro un remate judicial de un bien inmueble.
Estas resoluciones fueron adoptadas por el Pleno del CJ, en ejercicio de su competencia disciplinaria y sobre la base de sus ejes de gestión: Lucha contra la Corrupción e Independencia judicial interna y externa y en cumplimiento del objetivo de garantizar la eficiencia, transparencia y ética en la provisión del servicio de justicia.
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