En audiencia de apelación, solicitada por la Fiscalía General del Estado, la Sala Penal de la Corte Provincial revocó la sentencia absolutoria, que fuera dictada en primera instancia, a favor de Iván Antonio Y. y dictó una condena de dieciséis años de privación de libertad, por la violación a su sobrina.
Además, como reparación integral a la víctima, los jueces ordenaron que ella reciba tratamiento psicológico por un profesional del Ministerio de Salud y que el sentenciado le cancele 2.000 dólares.
El fiscal de Asuntos Indígenas Lino Saant Marian interpuso el recurso de apelación luego de que, en la audiencia de juicio, desarrollada en julio de 2020, el Tribunal de Garantías Penales de esta provincia confirmó el estado de inocencia de Iván Antonio Y., a pesar de que las pruebas demostraron el cometimiento del delito y la responsabilidad del sentenciado.
Fiscalía sustentó la acusación con el testimonio anticipado de la víctima y de su mamá, los informes periciales médico-legal y psicológico. Adicionalmente, las denuncias del hecho receptadas en la Comisaría Nacional de la Policía y en la Junta Cantonal de Protección de Derechos del cantón Taisha.
Como resultado de la investigación se comprobó que la víctima fue violentada sexualmente por su tío paterno, desde que tenía 8 años. Las agresiones fueron continuas y la última sucedió el 12 de julio de 2013, cuando tenía 12 años. Ese día el sentenciado llegó hasta el domicilio de la víctima, situado en la comunidad Yampuna Sur, de Taisha, y aprovechó que la madre de la víctima había salido al centro cantonal, para cometer el delito.
Dato Jurídico
En la fecha en que sucedieron los hechos, el delito de violación estaba tipificado y sancionado en los artículos 512 y 513 del Código Penal anterior, con reclusión mayor de 16 a 25 años.