jueves, 30 de julio de 2020

Prisión preventiva para 2 exfuncionarios de la Sociedad Industrial y Comercial Eica S. A. por presunto peculado

11:46


Fiscalía procesó a tres ciudadanos, dos de ellos exfuncionarios de la Sociedad Industrial y Comercial EICA S. A. (perteneciente al Fideicomiso AGD-CFN No Más Impunidad), por un presunto delito de peculado, por no haber pagado el Impuesto al Valor Agregado (IVA) al Servicio de Rentas Internas (SRI), ocasionando un aparente perjuicio al estado por más de 2 millones de dólares.
En la audiencia de formulación de cargos, la tarde de este martes 28 de julio, en la Corte Provincial de Justicia del Guayas, la fiscal provincial Yanina Villagómez presentó diecisiete elementos de convicción, entre los que constan: la denuncia presentada por el representante legal de EICA, las transferencias certificadas realizadas por parte del Ministerio de Transporte y Obras Públicas a la empresa señalada, el informe con indicios de responsabilidad penal emitido por la Contraloría General del Estado, por el periodo comprendido entre el 30 de septiembre de 2009 y el 31 de enero de 2013.
También se agregaron otros indicios, como las certificaciones de la representación financiera, legal y de presidencia que ostentaban los ahora procesados en ese periodo en la referida compañía y las versiones de los varios funcionarios de la compañía EICA.
Fiscalía solicitó la prisión preventiva de los tres ciudadanos, además de la enajenación de bienes y retención de valores en cuentas bancarias del sistema financiero nacional, y acciones y participaciones registradas en la Superintendencia de Compañías, así como los vehículos de propiedad de los procesados y matriculados en las instituciones de tránsito del país.
El presidente de la Corte Provincial del Guayas, Alfonso Ordeñada, después de revisar los elementos de convicción presentados por Fiscalía, dicto prisión preventiva contra Juan Carlos A. L. (exadministrador y presidente de EICA S. A.), Hugo Eduardo P. P. (exgerente financiero) y Adolfo Rafael G. R. (gerente de la empresa privada ASMAR), así como las medidas cautelares reales (prohibición de enajenar, retención de valores en cuentas).
Según Fiscalía, la Contraloría General del Estado –en su informe de indicios de responsabilidad penal– señaló que le Ministerio de Transporte y Obras Públicas y EICA suscribieron un contrato para la adquisición de equipo caminero por un monto de 30 millones de dólares más IVA, mediante régimen especial, al tratarse de una empresa de propiedad del Estado ecuatoriano.
Dicha cartera de Estado remitió los valores correspondientes, 3’620.531,59 dólares, para que EICA S. A. cancele el IVA al SRI, pero esta empresa transfirió esos valores a una de sus compañías, ASMAR (suscrita mediante convenio de participación empresarial), que solo canceló por concepto de IVA 1’069.000,00 dólares, quedando un total de 2’551.530,43 dólares pendientes por este concepto. Dichos valores no fueron justificados en la investigación.
Dato jurídico
Fiscalía procesó este caso con base en el artículo 278 del Código Orgánico Integral Penal (COIP), que se sanciona con pena privativa de libertad de diez a trece años, considerando principalmente que, en el delito de peculado, la acción y la pena son imprescriptibles.
La investigación se inició con el Código Penal anterior.


 

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