miércoles, 7 de agosto de 2019

Caso ‘Martha’: Fiscalía presentó acusación en contra de tres procesados

16:59



Con la presentación de 33 testigos, la Fiscalía acusó como autores del delito de violación (grupal) a los ciudadanos Juan Andrés M. A. y los hermanos Danny Paúl y Jhon Alexander P. C. dentro del caso conocido como ‘Martha’.
La audiencia de juicio, que se ha desarrollado durante dos días ante el Tribunal de Garantías Penales -presidido por el juez Edmundo Samaniego-, se reinstalará el 27 de agosto de 2019, a las 17:00, para continuar con los alegatos de cierre de la acusación particular y la defensa técnica de los procesados.
Entre las principales pruebas que presentó la fiscal del caso, Dra. Ximena Mora Heredia, se incluye la proyección del testimonio anticipado de la víctima en cámara de Gessel y pruebas científicas, como la experticia médico-ginecológica y valoraciones psicológicas de la víctima.
También la extracción de imágenes de los celulares de los procesados, captadas el día de los hechos, que, a través del cotejamiento fisonómico, estableció que corresponden a los hermanos Danny Paúl y Jhon Alexander P. C.
Además, las experticias biológicas forenses determinaron la existencia de perfil genético de la víctima y de los procesados en los indicios que se levantaron en la escena del delito (botella y taco de billar), así como en las prendas de vestir.
Asimismo, se explicó ante el Tribunal que la experticia de luminol fue positiva para sangre, encontrada en los lavabos de dos baños del local donde sucedió el hecho. Con estas pruebas, Fiscalía demostró la participación de los tres imputados en la agresión sexual a ‘Martha’.
Los hechos
El domingo 13 de enero de 2019, en una fiesta de cumpleaños, ‘Martha’ fue víctima de violación grupal, en un bar-restaurante ubicado en el sector de la Jipijapa, norte de Quito.
La encontraron inconsciente y desnuda, por lo que la trasladaron a una casa de salud. A sus agresores los dirigieron a la Unidad de Flagrancia.
Dato jurídico
La Fiscalía procesa este caso con base en el artículo 171, numerales 1 y 2, del Código Orgánico Integral Penal, que impone entre diecinueve y veintidós años de cárcel a quien cometa violación en una persona privada de la razón o del sentido, con violencia.

 

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