martes, 5 de junio de 2018

EL CPCCS-T CESA EN FUNCIONES A VOCALES DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA

11:43


El Pleno del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social Transitorio (CPCCS-T) resolvió, por unanimidad, cesar en funciones a los cinco vocales del Consejo de la Judicatura: Gustavo Jalkh, Ana Peralta, Rosa Jiménez, Néstor Arbito y Alejandro Subía. Esta decisión se fundamentó en el Informe Técnico en el que se demostró el incumplimiento de los parámetros establecidos en el Mandato de Evaluación.

La Sesión Ordinaria Nro. 012 se desarrolló desde las 10:00 de este lunes 04 de junio del 2018 en el Teatro Universitario de la Universidad Central del Ecuador, en Quito. Y se extendió hasta las 15:30, tiempo en el cual se leyó la Resolución del Proceso de Evaluación a los vocales del Consejo de la Judicatura.

En el lugar se hicieron presentes varios sectores sociales y organizaciones como el Frente de Liberación Ciudadana, el Colegio de Abogados de Pichincha, la Coordinadora Andina de los Derechos Humanos (CDHU), el Frente de Dignidad Judicial, entre otros, quienes mostraron su respaldo a la gestión del CPCCS-T.

Según el documento aprobado, sobre la legitimidad en el cargo, la conformación del Consejo de la Judicatura incurrió en parcialidad de la autoridad que los designó, pues estaba estrechamente ligada al Ejecutivo de ese entonces. De igual manera, se incumplió el debido procedimiento y existió carencia de motivación en la resolución que los designó, así como ausencia de participación ciudadana en el proceso.

El Pleno halló vinculación y cercanía de los vocales del Consejo de la Judicatura con el Gobierno anterior, ya que ejercieron varios cargos públicos cercanos al Ejecutivo, durante su administración, por lo que se determinó un conflicto de intereses. Por otra parte, se indicó falta de aptitud para el cargo, ya que el perfil profesional de los vocales Arbito y Subía no son compatibles con las funciones de la Judicatura.

En cuanto al parámetro relacionado con el cumplimiento de funciones, se hallaron irregularidades en el proceso de selección que llevó adelante el CJ debido a que se incumplieron estándares internacionales para la designación de jueces. Además, entre otras causales, se determinó la modificación, hackeo de sentencias y tramitación por fuera del Sistema Automático de Trámite Judicial Ecuatoriano (SATJE), para favorecer a intereses determinados. Se concluye, de esta manera, que las autoridades del CJ establecieron un “régimen de control de forma direccionada para favorecer intereses de otras funciones del Estado”.

El CPCCS-T revela en el documento que los principales del Consejo de la Judicatura inobservaron su deber de apegarse a los procesos de selección judiciales de acuerdo con la Ley de manera sistemática, desestimando las mejores puntuaciones en los concursos y omitiendo evaluaciones periódicas.

Se determinó también un incumplimiento en la implementación de un subsistema de control sancionatorio confiable. El CJ se atribuyó facultades que no tenía, violando el principio de legalidad, pues ni la Constitución ni la Ley le atribuyen la competencia de declarar la existencia de “error inexcusable”. Por lo que se concluye que ninguna de sus actuaciones generó seguridad jurídica a la ciudadanía.

Sobre la debida gestión de los recursos públicos, se concluyó que no se realizó un debido manejo y supervisión, especialmente en la integridad de los procesos de contratación. La ejecución del presupuesto también fue incumplida.

En cuanto a la transparencia, se determinaron inconsistencias en la información pública, así como  el incumplimiento en el manejo y supervisión de fondos públicos, y la falta de integridad en los procesos de contratación. Se concluye que el CJ no ha cumplido con sus funciones de forma transparente, al contrario, a través de abusos sistemáticos de la Ley se permitieron conductas antiéticas.

Sobre el parámetro evaluación ciudadana, se consideraron el gran número de denuncias presentadas contra esta entidad, tanto en instancias nacionales como internacionales.
Finalmente, el CPCCS-T dispuso que se continúe con la investigación de las denuncias presentadas durante el proceso y se las canalice a través de la Secretaría de Transparencia y Lucha contra la Corrupción.

Dentro de los tres días siguientes a la notificación, la autoridad evaluada podrá presentar el recurso de revisión, justificando las razones que le asistan respecto de la Resolución del CPCCS-T. El Pleno resolverá este recurso de manera definitiva, en el término de cinco días. 

 

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