PROCESO
DE SELECCIÓN DE SECRETARIOS DE JUZGADOS Y UNIDADES JUDICIALES, SECRETARIOS
RELATORES DE CORTES PROVINCIALES Y AYUDANTES JUDICIALES A NIVEL NACIONAL PARA
OCUPAR VACANTES POR REEMPLAZO DE NOMBRAMIENTOS PROVISIONALES O CONTRATOS DE
SERVICIOS OCASIONALES
La Dirección Nacional de Talento Humano del
Consejo de la Judicatura pone en su conocimiento que a partir del día 08 de
mayo hasta el día 12 de mayo de 2017, se encuentra habilitada la plataforma de
postulación para acceder al proceso de selección de secretarios
de juzgados y unidades judiciales, secretarios relatores de cortes provinciales
y ayudantes judiciales a nivel nacional para ocupar vacantes por reemplazo
de nombramientos provisionales o contratos de servicios ocasionales.
REQUISITOS
GENERALES:
Ser ecuatoriano y hallarse en goce
de los derechos políticos.
No encontrarse incurso en
ninguna de las inhabilidades e incompatibilidades establecidas en el
Código Orgánico de la Función Judicial y la Ley Orgánica del Servicio Público
REQUISITOS GENERALES POR
CARGOS
Secretario de unidad
judicial: Tener título de abogado legalmente reconocido en el país.
Secretario relator de corte
provincial: Título de abogado legalmente reconocido en el
país, requisito mínimo de cuatro (4) años de ejercicio profesional a partir de
la obtención del título profesional.
Ayudante
Judicial: Certificado de estudios emitido por una Universidad legalmente
reconocida en el país, en donde conste específicamente que el aspirante se
encuentra cursando o ha aprobado sexto semestre o tercer año en el área de
derecho, los certificados de estudios otorgados por instituciones extranjeras,
deberán estar notariados, tener la apostilla correspondiente o estar
legalizados en el consulado del país donde se realizó.
REQUISITOS ESPECÍFICOS:
La postulación se realizará
únicamente a través del sistema informático implementado para el efecto por el
Consejo de la Judicatura en la página web: www.funcionjudicial.gob.ec
mediante el formulario electrónico de registro que contendrá la información
general y específica de los aspirantes. En ningún caso se receptarán
postulaciones a través de otro medio y/o fuera del tiempo establecido.