El Ejecutivo tiene un plazo de 30 días para decidir si se allana o veta el nuevo cuerpo legal.
Esta norma (119 artículos, 22 disposiciones transitorias, 6 reformatorias y 2 derogatorias) prohíbe la concentración de frecuencias de radio y televisión.
Además, contiene principios deontológicos y criterios de responsabilidad ulterior, establece el derecho a la rectificación y a la réplica, determina la posición de los medios respecto a los procesos judiciales, y prohíbe la censura previa.
Introduce la figura del "linchamiento mediático", que se produce por medio de la publicación reiterada de informaciones con el fin de desprestigiar o reducir la credibilidad pública de personas físicas o jurídicas.
Crea el Consejo de Regulación de Medios y la Superintendencia de Información y Comunicación, órgano que se encargará de la "vigilancia, auditoría, intervención y control" y tendrá "capacidad sancionatoria" sobre la actuación de medios de comunicación.
También busca generar una mayor producción audiovisual nacional. Follow @laprimeraec