El artículo 207 del Código de la Democracia establece que 48 horas antes de las elecciones y hasta las 17:00 del día del sufragio, está prohibida la realización de mítines, concentraciones o cualquier otro acto o programa de carácter electoral.
El incumplimiento de estas disposiciones constituirá infracción electoral que será sancionada de conformidad con el artículo 277 de la ley, una multa de entre cincuenta y cien mil dólares.
Omar Simon, ex presidente del Consejo Nacional Electoral (CNE), explicó que los medios impresos, por ejemplo, deberán remitirse a temas informativos exclusivamente, y que también está prohibido los espacios editoriales o de opinión donde se emitan pronunciamientos favorables o desfavorables hacia los candidatos.
Simon opinó que si un medio publica información sobre los actos de cierre de campaña y pone un fragmento del discurso del candidato con sus propuestas de campaña no estaría violentando la ley, porque se trata de cobertura informativa.
Otra cosa, dijo, es que el medio trate de inducir a los electores hacia una decisión. En este contexto puso como ejemplo el caso de un artículo publicado por la revista Vistazo la víspera del referéndum del 7 de mayo de 2011, titulado “Un no rotundo”.
El editorial, que le valió una multa a la revista por parte del Tribunal Contencioso Electoral, estaba graficado con una papeleta electoral en la que estaban marcados los votos por la opción no y además exponía los motivos por los que se debía votar de esa forma.
Ley seca
Adicionalmente, de acuerdo con el calendario electoral, desde hoy también entra en vigencia la Ley Seca que prohíbe en consumo y expendio de bebidas alcohólicas.

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