jueves, 23 de junio de 2011

Extracto Judiciales y de Superintendecia de Compañias

17:03


Viernes , 24 de junio 2011

SUPERINTENDENCIA DE COMPAÑÍAS
EXTRACTO
CONSTITUCIÓN DE LA COMPAÑÍA ELECFORBES DEL ECUADOR S.A.

La compañía ELECFORBES DEL ECUADOR S.A. , se constituyó por escritura pública otorgada ante el notario Vigésimo   Cuarto   del   Distrito   Metropolitano   de   Quito,    el 07/06/2011, fue aprobada por la Superintendencia de Compañías, mediante resolución SC.IJ.DJC.G.11    0003398
el 20 de junio de 2011

1.- DOMICILIO: Cantón Santa Elena, provincia de Santa Elena.

2.- CAPITAL: Suscrito US $ 800,00 número de acciones 800 valor US $ 1,00.

3.- El objeto social de la compañía es: LA COMPAÑÍA TIENE POR OBJETO DEDICARSE A LA CONSTRUCCIÓN, OPERACIÓN Y ADMINISTRACIÓN DE CENTRALES Y PLANTAS DE GENERACIÓN DE ENERGÍA ELÉCTRICA.

Quito, 20 junio de 2011

Ab. Juan Brando Alvarez
Subdirector Jurídico de Compañías
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EXTRACTO DE CITACIÓN

A: SUSY IVONNE SALTOS MALAVE
SE LE HACE SABER; Que mediante sorteo le correspondió a este juzgado conocer la demanda de divorcio signada con el número 101-2011, en su contra cuyo texto es como sigue:

ACTOR: ALFREDO JAVIER DEL PEZO NARVAEZ
OBJETO DE LA DEMANDA: El accionante solicita mediante sentencia y previo al trámite verbal sumario, se declare disuelto el vínculo matrimonial que mantiene con SUSY IVONNE SALTOS MALAVE; que en su matrimonio no se han procreado hijos, y no poseen bienes de ninguna naturaleza. Que desde el 15 de octubre del año 1997, se encuentra abandonado de su conyugue SUSY IVONNE SALTOS MALAVE, del hogar que tenían formado, y a la fecha han transcurrido más de 13 años, sin conocer de su paradero o residencia, rompiendose por completo las relaciones conyugáles y maritales. Ampara su demanda en lo dispuesto en el Art. 110 causal 11 ava del Código Civil.

CUANTÍA: INDETERMINADA
TRÁMITE VERBAL SUMARIO:
JUEZ DE LA CAUSA: Ab. Enrique Briones Sotomayor, Juez Tercero de lo Civil y Mercantil de los Ríos, quien mediante providencia de fecha 11 de marzo del 2011, admite la demanda a trámite de juicio verbal sumario, y manda a citar a la señora SUSY IVONNE SALTOS MALAVE por la prensa, conforme al Art. 82 del Código de Procedimiento Civil, por cuanto el actor bajo juramento declara que le es imposible determinar el actual domicilio o residencia de la demandada SUSY IVONNE SALTOS MALAVE.

Lo que llevo a su conocimiento para los fines legales consiguientes, advirtiéndose a la demandada de la obligación que tiene de señalar casilla judicial en esta ciudad de Quevedo para que reciba notificaciones, y que deberá comparecer a juicio dentro de los 20 días posteriores a la última publicación de este aviso, caso contrario podrá ser declarada rebelde.- lo certifica.
Quevedo, 16 de marzo del 2011.

Ab. Washington Carmigniani Cabrera
Secretario del Juzgado Tercero de lo Civil
Los Ríos - Quevedo



 

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