Con base en los elementos de convicción recabados por Fiscalía y presentados ante un Juez de Garantías Penales, se dictó prisión preventiva en contra de Alex Giovanni L. P., presunto responsable de la violación perpetrada contra una servidora del Municipio de Riobamba.
El Juez también ordenó la aplicación de medidas de protección para la víctima.
En la audiencia de calificación de flagrancia y formulación de cargos, el Fiscal del caso informó que, aproximadamente a las 03:30 del 9 de octubre en las calles 10 de Agosto y Rocafuerte –en Riobamba–, mientras la víctima realizaba su trabajo de recolección de basura, Alex Giovanni L. P., bajo amenazas e intimidaciones, la habría obligado a subirse en un vehículo.
El hombre la llevó a un terreno baldío donde la violentó sexualmente y después la abandonó en el sector de la Plaza de las Hierbas, al noroeste de la ciudad.
La víctima dio aviso a su madre e inmediatamente fue trasladada a la entidad de salud y realizaron la respectiva denuncia.
Agentes de la Policía tomaron procedimiento y empezaron las labores de búsqueda del presunto agresor. Su captura se hizo posible la mañana del 10 de octubre, mientras circulaba a bordo de su camioneta.
La Policía Nacional y Fiscalía –en flagrancia– realizaron el allanamiento a un inmueble ubicado en las calles Rocha y Renovación, donde el procesado alquilaba un departamento. Ahí se encontraron 90 municiones y prendas íntimas femeninas escondidas bajo los cojines de la sala, entre otros indicios.
Fiscalía justificó el inicio del proceso penal con elementos de convicción recabados en la investigación previa, como el informe psicológico y de entorno social practicado a la víctima, el informe médico-legal ginecológico, el reconocimiento del lugar de los hechos y evidencias, entre otros.
La instrucción fiscal tendrá una duración de treinta días.
Información jurídica
El delito de violación está tipificado en el artículo 171 del Código Orgánico Integral Penal y quien lo cometa enfrenta una sanción de hasta veintidós años de privación de su libertad.
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