martes, 26 de octubre de 2021

Procesado va a juicio por presunta comercialización de pornografía con utilización de NNA

16:38

 


De diez a trece años es la pena privativa de la libertad que podría recaer sobre Diego E., por su presunta participación en un delito de comercialización de pornografía con utilización de niñas, niños o adolescentes.

Luego de valorar los elementos de convicción expuestos por Fiscalía, un Juez de Garantías Penales dictó auto de llamamiento a juicio en su contra y ratificó, además, la medida cautelar de prisión preventiva que rige desde el 31 de mayo de 2021, fecha en que se desarrolló la audiencia de formulación de cargos.

Según el dictamen acusatorio emitido por Roberto Torres, fiscal Especializado en Delincuencia Organizada Transnacional e Internacional (Fedoti 3), Diego E. se habría hecho pasar por un adolescente de 14 años para contactar a una niña de 13.

En el operativo ejecutado para detener al sospechoso, Fiscalía incautó su teléfono celular. La información periciada del dispositivo reveló conversaciones en las que él le solicitaría a la víctima fotografías y videos de sus partes íntimas.

Según lo manifestado por el fiscal Torres en la audiencia de evaluación y preparatoria de juicio, el teléfono también tenía grupos de chats con otras personas que, al parecer, se estarían dedicando a intercambiar imágenes y videos de índole pornográfico (entre ellos un número de origen colombiano).

Además, se encontraron alrededor de 100.000 archivos con contenido pornográfico.

El caso llegó a conocimiento de Fiscalía gracias a la denuncia del padre de la niña de 13 años. Él se percató de las conversaciones por un llamado de atención que recibió del colegio en el que estudia su hija, en Latacunga.

Las autoridades del plantel le informaron que ella pasaba demasiado tiempo en el celular. Al abrir las conversaciones, el denunciante encontró los diálogos entre la víctima y el procesado.

Se espera que se conforme un Tribunal de Garantías Penales que señale fecha y hora para el desarrollo de la audiencia de juicio.

Información jurídica

Artículo 104, comercialización de pornografía con utilización de niñas, niños o adolescentes: la persona que publicite, compre, posea, porte, transmita, descargue, almacene, importe, exporte o venda, por cualquier medio, para uso personal o para intercambio pornografía de niños, niñas y adolescentes, será sancionada con pena privativa de libertad de diez a trece años.

 

 

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