El Oro.- Equipo técnico y jurídico de la Oficina Técnica Machala de la Dirección Zonal 7 Loja del Ministerio del Ambiente, Agua y Transición Ecológica, en atención a una denuncia interpuesta por el Gobierno Autónomo Municipal de Santa Rosa, realizó una inspección de control y seguimiento ambiental de campo a la concesión minera Nelsinho uno, ubicada en la parroquia Bellamaría del cantón Santa Rosa en la provincia de El Oro.
Julián García Burneo, director Zonal de Loja, informó que se continuará ejecutando control y seguimiento ambiental a las operadoras mineras en Loja y El Oro, y señaló que “cuidamos el recurso hídrico vinculando el beneficio ciudadano con el cumplimiento de la ley y, es nuestro compromiso proteger este recurso que es vital para todos los ecuatorianos”.
La denuncia fue presentada por una presunta alteración de la calidad del agua y modificación del cauce del rio Caluguro, el cual colinda con el frente de trabajo de la concesión minera, esta acción fue atendida en un operativo conjunto con la Fiscalía de El Oro.
Considerando los hallazgos identificados en el informe de inspección del equipo técnico de la Dirección Zonal, se determinó que la concesión no cuenta con las autorizaciones administrativas ambientales, como la licencia ambiental debidamente otorgada y por la eventual afectación a cuerpos de agua superficial y/o subterránea. Se suspendieron las actividades de dicha concesión minera. Además, el titular minero deberá remitir un informe de avance en el proceso de regularización ambiental y obtención del registro de generador de desechos peligrosos y/o especiales, adjunto al plan de acción solicitado, que deberá ser presentado en el término de 15 días.
El informe técnico se puso a conocimiento de la Dirección Ejecutiva de la ARCA para que se notifique a la Prefectura de El Oro, Ministerio de Minas, Agencia de Regulación y Control de Energía y Recursos Naturales no Renovables, Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del Cantón Santa Rosa y a la Unidad de Policía de Medio Ambiente a fin de que en función de sus competencias relacionadas con la regulación y control de las actividades mineras y control ambiental, dicten medidas para el cumplimiento de la normativa vigente.
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