Con base en los elementos de convicción presentados por la fiscal provincial encargada, María Esther Cahuana, el presidente de la Corte Provincial de Justicia de Chimborazo, Oswaldo Ruiz, dictó auto de llamamiento a juicio contra Delfín Quishpe, alcalde de Guamote; Iván M. y Segundo P., funcionarios del GAD municipal; y, Rafael Q., contratista; por su presunta participación en el delito de tráfico de influencias.
Además, ratificó las medidas cautelares, como prohibición de salida del país, prohibición de enajenar bienes y presentación periódica ante la autoridad competente cada quince días.
Los elementos recabados hacen presumir que existió sobreprecio en la compra de insumos de bioseguridad en el contexto de la emergencia sanitaria por Covid-19 y que dicha transacción habría favorecido a Rafael Q., por un monto de 96.608 dólares (más IVA).
En la audiencia de evaluación y preparatoria de juicio, la Fiscal Provincial de Chimborazo (e) anunció la prueba que se presentará durante el juicio, que incluye certificaciones del portal de compras públicas, informe pericial de contratación pública (procesos de compra otorgados en medio de la emergencia sanitaria por Covid-19), pericia informática, Informe con Indicios de Responsabilidad Penal (IIRP) levantado por la Contraloría General del Estado, informe documentológico, versiones de funcionarios del Municipio y de otros proveedores.
Además, según la investigación de Fiscalía, los precios señalados en dicho contrato no serían concordantes con los del mercado.
Dato jurídico
El delito de tráfico de influencias está tipificado en el artículo 285 del Código Orgánico Integral Penal (COIP).
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