Tribunal de Garantías Penales de Esmeraldas sentenció a veinticuatro años y cuatro meses de prisión a José Javier G. L. por su responsabilidad en el delito de violación, perpetrado en contra de su hijastra de 9 años.
Según la investigación de Fiscalía, los hechos ocurrieron en el cantón Muisne, sector Pueblo Nuevo, en el año 2010 –y de manera continua– por parte del ya sentenciado, quien convivía con la niña y su madre. El delito fue conocido por Fiscalía en agosto del 2015, cuando fue denunciado. Posteriormente, y luego de haber recabado los elementos necesarios, fue procesado por el delito de violación.
El fiscal de la Unidad Multicompetente N°2 de Atacames, Sixto Cabrera Nazareno, acusó a José Javier G. L. por el delito contemplado en el artículo 171, inciso 2, numeral 3, del Código Orgánico Integral Penal (COIP), sumado a los agravantes determinados en el artículo 47, numeral 11; y, los del artículo 48, numerales 5 y 9, del mismo cuerpo legal.
Para ello, durante la audiencia de juicio, presentó como pruebas ante el Tribunal: el testimonio del representante legal de la menor, el informe de valoración médico-legal, el informe de reconocimiento de lugar de los hechos, el informe de valoración psicológica y de entorno social, el testimonio anticipado de la víctima, prueba documental, entre otros elementos.
El Tribunal, conformado por los jueces Jhonny Bedoya, Carlos Barrera y Juan José Villamar, acogió el pedido de Fiscalía y sentenció a José Javier G. L., con base en el artículo 44, inciso 3 del Código Orgánico Integral Penal (COIP), la cual señala que, de existir al menos una circunstancia agravante no constitutivas o modificatorias de la infracción, se impondrá la pena máxima prevista en el tipo penal, aumentada en un tercio.
Los jueces dispusieron, además, el pago de una multa de 1.066 salarios básicos unificados y de una reparación integral a la víctima de 20.000 dólares.
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