miércoles, 8 de julio de 2020

Caso Victoria 403: 2 procesados son llamados a juicio por presunta asociación ilícita

23:09


Luego de tres días de audiencia preparatoria de juicio, los procesados Galo Olmedo P. R., abogado en libre ejercicio, y Pablo Guillermo F. R., exfuncionario de la Fiscalía General del Estado (FGE), fueron llamados a juzgamiento por asociación ilícita.
Los procesados, alias “Licenciado” y “Margarito”, respectivamente, serían parte del grupo –integrado también por personal policial y militar–, que se asoció para cometer delitos contra la propiedad.
Aprovechándose de su ejercicio profesional, ejecutaban “falsos allanamientos, operativos y detenciones”, portando las armas de dotación policial y las credenciales institucionales. El objetivo era sustraer dinero, muebles y objetos de valor de los inmuebles y las víctimas previamente perfilados.
En el Complejo Judicial Sur (Quitumbe) se desarrolló la diligencia, que concluyó al mediodía de este 8 de julio. La Jueza de Garantías Penales rechazó los pedidos de nulidad que hicieran los defensores de los procesados y los llamó a juicio, con base en el dictamen acusatorio y en el anuncio de prueba, expuestos por el fiscal especializado en Delincuencia Organizada, Transnacional e Internacional, David Bermeo.
Los elementos de prueba anunciados por el Fiscal del caso se componen de informes de seguimientos, vigilancias, escuchas telefónicas, progresivos, versiones de las víctimas, entre otros.
La investigación inició en mayo de 2019. Con indicios suficientes se ejecutó la operación “Victoria 403” y la madrugada del 21 de noviembre de 2019, agentes de Policía, bajo la dirección jurídica de la Fiscalía, allanaron más de diez inmuebles en las provincias de Pichincha, Manabí, Imbabura y Santo Domingo de los Tsáchilas.
El artículo 370 del COIP establece que: cuando dos o más personas se asocien con el fin de cometer delitos serán sancionados con pena privativa de libertad de tres a cinco años.
Dato de interés
Por este caso ya existe una sentencia condenatoria de doce meses de privación de libertad y una multa de seis salarios básicos unificados, puesto que Ernesto V., Masyuber C., Wilmer B., Miguel P., Richard P., Fernando C., Carlos L. y Wimper O. aceptaron los hechos imputados en el delito de asociación ilícita y se sometieron al procedimiento abreviado. Su juzgamiento fue el 16 de marzo de 2020.
El procedimiento abreviado tiene como regla que la persona procesada admita el hecho atribuido por Fiscalía y, a cambio, se beneficia de una rebaja de la pena, según el artículo 635 del Código Orgánico Integral Penal (COIP)

 

© 2016 LA PRIMERA.Todos los Derechos Reservados. Diseñado LA PRIMERA

Back To Top