martes, 4 de diciembre de 2012

Decimotercer sueldo se debe pagar hasta el 24 de diciembre

15:37

El pago del decimotercer sueldo, que es un beneficio económico extra que reciben los trabajadores en relación de dependencia, debe cumplirse hasta el próximo 24 de diciembre, conforme lo establece el Código Laboral.

Ese beneficio equivale a la doceava parte de las remuneraciones percibidas por los trabajadores desde el 1 de diciembre del año anterior hasta el 30 de noviembre de este año. Para calcular el ingreso que se recibirá este mes, se deben sumar todas las remuneraciones percibidas en ese periodo y dividirlas para 12, que corresponde al número de meses del año.

Se entiende como remuneración a todo lo que el trabajador recibe en dinero, servicios o especies, incluso por trabajos extraordinarios, comisiones, participación en beneficios y aporte individual al IESS cuando éste lo asume el empleador.

Juan Carlos Almeida, director regional del Ministerio de Relaciones Laborales, expresó que los empleadores que no cumplan con el pago de esa bonificación recibirán una sanción económica que dependerá de la capacidad contributiva del empleador y de la cantidad de trabajadores afectados.

Los trabajadores que laboran bajo factura, obreros, artesanos y los representantes legales de las empresas están excluidos del pago de esta remuneración.


 

© 2016 LA PRIMERA.Todos los Derechos Reservados. Diseñado LA PRIMERA

Back To Top